Constancia de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción
¿Necesitas obtener una constancia de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción?
La Constancia de inhabilitación, o de no inhabilitación: Es el documento expedido por la Secretaría de la Función Pública (SFP), en el que se hace constar que una persona se encuentra o no inhabilitada, para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el sector público.
La Constancia de sanción o de no existencia de sanción: Es el documento expedido por la SFP, en el que se señala si una persona cuenta o no con antecedentes de sanción administrativa impuesta por alguna autoridad en el ejercicio de sus funciones
Documentos necesarios
Documentos necesarios
Documento requerido
Formato de línea de captura para el pago de derechos que contenga correctamente el nombre completo, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave y la Clave Única de Registro de Población (CURP), de la persona que solicita la constancia
Presentación
Original
Costos
Concepto
Por concepto de constancias de inhabilitación, no inhabilitación, de sanción y de no existencia de sanción
Monto
$222.00 M.N.
En línea:
Para obtener una constancia de inhabilitación, no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción, se deberá realizar el siguiente procedimiento:
Paso 1 Información
Ingresar a la siguiente liga: https://pagoconstanciassanciones.funcionpublica.gob.mx/
Llenar los datos del solicitante tales como nombre o nombres, primer apellido, segundo apellido, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a 13 posiciones, esto es, incluyendo la homoclave, la Clave Única de Registro de Población (CURP).
En caso de no tener asignada homoclave, agregar tres ceros (000) al final.
Dar clic en Continuar.
Paso 2 Trámite
Seleccionar el tipo de constancia:
• Constancia de no inhabilitación y/o
• Constancia de no antecedentes de sanción.
Paso 3 Línea de captura.
Confirmación.
Generar línea de captura de la Constancia de no inhabilitación y/o Constancia de no antecedentes de sanción, según haya sido su elección.
Cubrir la cantidad de $222.00 (Doscientos veintidós pesos 00/100 M.N.) pudiendo efectuar el pago en las instituciones bancarias autorizadas a través de sus portales de internet o en la ventanilla bancaria de su preferencia
Paso 5 Descarga la Constancia
1.- Una vez transcurridos 2 días hábiles contados a partir del día siguiente a la realización del pago ingresar a: https://constanciassanciones.funcionpublica.gob.mx
2.- Capturar la Clave Única de Registro de Población (CURP) y la línea de captura sin dejar espacios en blanco, ya que en caso contrario, no podrá descargarse la constancia respectiva.
3.- Dar click en continuar y el sistema generará la constancia
(*) Se requiere que el equipo de cómputo que utilice cuente con el programa Adobe Reader con versión 8.0 o superior.
En caso de no poder generar en línea la constancia tendrá que acudir de forma presencial a las oficinas de la Secretaría de la Función Pública, contactarse vía telefónica o por correo electrónico una vez que se haya validado el pago correspondiente (dos días hábiles).
Correo electrónico: constancias-rsps@funcionpublica.gob.mx (esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo).
Vía telefónica (informes): 01 (55) 2000-3000, extensiones 2082, 2203, 2434, 2111, 2356, 2275, 2337,1337, 5175 o 2216 de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, en días hábiles.
Ventanilla: De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles en las oficinas ubicadas en avenida Insurgentes Sur 1735, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Planta Baja Ala Sur, con la siguiente documentación:
- Formato para pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales (línea de captura)
- Comprobante de pago de derechos.
- Identificación oficial vigente (INE, cédula profesional, pasaporte, cartilla, licencia de conducir) copia por ambos lados.
Nota: En caso de no ser el titular del trámite, el portador de los documentos, además, deberá presentar carta poder simple, debidamente requisitada y con copia de las identificaciones respectivas.
NORMATIVIDAD APLICABLE AL TRÁMITE Y AL PAGO DE DERECHOS
Artículos 170 fracciones I, incisos d) y e); III, incisos c) y d); VIII, inciso b) y, 173 fracciones I, II, III, V, VIII y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.
Acuerdo por el que se establecen las normas de operación del Registro de Servidores Públicos Sancionados y para la expedición por medios remotos de comunicación electrónica de las constancias de inhabilitación, no inhabilitación, de sanción y de no existencia de sanción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2008, en relación con el Cuarto Transitorio de las Bases para el Funcionamiento de la Plataforma Digital Nacional.
Artículo 5, Fracción VI, de la Ley Federal de Derechos y anexo 19 de la resolución Miscelánea Fiscal para 2024.