Medidas de seguridad previstas por la LGPDPPSO
Los responsables deben adoptar medidas de seguridad que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración o destrucción; uso, acceso o tratamiento no autorizados; así como aquellas que garanticen la confidencialidad, integridad y disponibilidad de éstos.
- Factores para determinar y establecer las medidas de seguridad de carácter:
Documento de Seguridad
- Instrumento que describe y da cuenta de manera general sobre las medidas de seguridad técnicas, físicas y administrativas adoptadas por el responsable para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales que posee.
Esquemas de mejores prácticas
- La Ley establece que el responsable puede adoptar—en lo individual o con el acuerdo de otros responsables, encargados u organizaciones—esquemas de mejores prácticas que tienen por objeto:
El objetivo principal de los esquemas de mejores prácticas es optimizar la seguridad de los datos personales a partir de establecer un estándar de protección de datos personales mayor a las obligaciones previstas en la Ley General.